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jueves, 17 de marzo de 2016

®Derechos y obligaciones de los trabajadores y los empresarios

Están recogidos en la Constitución Española y de forma especial en el Estatuto de los Trabajadores.

Derechos de los trabajadores:
  • A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.
  • A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos de formación y adaptación, etc.)
  • A no ser discriminados/as para acceder a un puesto de trabajo.
  • A la integridad física y a la intimidad.
  • A percibir puntualmente la remuneración pactada.
  • A las vacaciones.
  • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.
Obligaciones de los trabajadores:
  • Cumplir las obligaciones de su puesto de trabajo.
  • Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones de la empresa en el ejercicio de su función directiva.
  • No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.
Derechos de los empresarios:
  • El poder de Dirección: es la facultad que tiene el empresario/a para dictar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo.
  • El poder de variación: es el poder para variar o transformar la ejecución del trabajo con el fin de adaptar la prestación laboral a los cambios en la cualificación profesional del trabajador/a debido a la movilidad, ya sea funcional, geográfica o modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • El poder disciplinario: es la facultad que tiene el empresario/a para vigilar y controlar la ejecución del trabajo y el cumplimiento por el trabajador/a de sus obligaciones, así como la facultad de imponer sanciones en caso de incumplimiento de sus deberes.
Obligaciones de los empresarios:
  • La principal obligación del empresario es al pago del salario correspondiente.
  • El empresario tiene los siguientes deberes profesionales: igualdad de trato, promoción profesional asi como respeto de la categoría profesional del trabajador.
  • Deberes morales como el respeto a la intimidad y a la dignidad del trabajador.
  • Deberes físicos como la obligación de llevar una política de seguridad e higiene en el trabajo.

Documentación:

6 comentarios:

  1. En las obligaciones del empresario, la principal obligación es "el pago", no "al pago"

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  2. También se puede decir al pago, ya que se refiere a la obligación al pago...

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    Respuestas
    1. Entonces sería "El empresario está obligado al ...."

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  3. En la segunda de las obligaciones de los empresarios "así" lleva tilde

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