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martes, 16 de febrero de 2016

®La Constitución de 1931.

Las discusiones de la Constitución en las Cortes fueron muy apasionadas, en especial en lo que se refería a asuntos como la separación entre Iglesia y Estado y la organización autonómica. El texto final se aprobó sin acuerdo con la minoría de derechas. Quizá las reformas necesarias eran de tal magnitud que el acuerdo fuera imposible, pero en todo caso la falta de consenso provocó la falta de identificación de buena parte de la sociedad española con la República.
El texto finalmente aprobado tiene un marcado carácter progresista y reformador, pero no es revolucionario: La República es definida como una República de trabajadores, pero dentro del reconocimiento de la propiedad privada (aunque podría ser expropiada por interés nacional).
Otros rasgos son:
  • Soberanía popular. Se declaraba al nuevo estado español como una ''República democrática de trabajadores de todas clases''.
  • Sufragio universal masculino y femenino. Tras un largo y complejo debate en las Cortes, las mujeres españolas obtuvieron el derecho al voto.
  • Una extensa declaración de derechos y libertades (derechos civiles, derecho a la educación)
  • Poderes del estado (legislativo, ejecutivo y judicial)
  • Por primera vez en nuestra historia, se establece el derecho de las regiones a establecer Estatutos de Autonomía.
  • En lo relativo a la ''cuestión religiosa'' se establece un estado laico (separación de la Iglesia y el Estado, desaparición del presupuesto de culto y clero, prohibición de ejercer la educación, libertad de conciencia y culto)


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