El Estatuto de los Trabajadores regula los deberes y derechos de los trabajadores. Entre otros derechos fundamentales del trabajador, el estatuto regula las relaciones del empleado con el empleador en materia de despido, huelga, enfermedad, horas extras o la edad de acceso al trabajo (prohíbe trabajar a menores de 16 años). Su ámbito incluye a los trabajadores por cuenta ajena, y otros inscritos en los regímenes de la Seguridad Social. No incluye a los funcionarios, a aquellos que desempeñan labores en el ámbito familiar o a los autónomos. Fue aprobado en España por Real Decreto Legislativo en 1995.
En ocasiones nos centramos en nuestra búsqueda de empleo y una vez conseguido, desconocemos cuales son nuestros derechos y deberes como trabajador.
Podemos distinguir tres tipos distintos de derechos de los trabajadores:
- Derechos de contenido profesional (al puesto de trabajo, a la formación y promoción y a la percepción puntual de la remuneración).
- Derechos de acción colectiva ( unirse para defender sus intereses conjuntamente).
- Derechos personales (integridad física, seguridad e higiene, a la no discriminación por ningún motivo y al respeto a su intimidad y dignidad)
- Respetar las ordenes e instrucciones del empresario.
- Cumplir las obligaciones de su puesto de trabajo.
- Observar las medidas de seguridad e higiene.
- Contribuir a la mejora de la productividad.
Los incumplimientos de las obligaciones empresariales en materia de salud laboral generan distintos tipos de responsabilidades jurídicas, entre ellas la sanción penal.
Documentación:
Apuntes de Economía
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